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| Preguntas para Reganosa |
Colectivo Universitario opositor a la planta de Gas de Ferrol.
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| Lunes, 30 de julio de 2007 |
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Al Plan de Emergencia Exterior (PEE) le apreciamos las siguientes faltas y/o inconsistencias:
1º.- La Armada Española recomendaba en su carta, cuando informaba favorable-mente a la ubicación de la planta de la necesidad de realizar un Plan de Emergencia GLOBAL de la misma (incluyendo la operación portuaria) en donde ellos deberían participar. ¿En donde está ese plan? ¿No se deberían coordinar los dos planes?.
2º.- Ferrol no "entra" en la planificación del PEE. ¿Por qué no se consideró a la ciudad de Ferrol cuando es más que probable que un gasero pueda ir a la deriva contra el puerto o contra Caranza?. ¿Es que los que elaboraron el PEE no saben hacia donde van los vientos dominantes de nuestra ría?. ¿Saben lo del Discoverer?. ¿Acaso una evacuación hipotética de Ferrol no debería de ser considerada? *Entendemos que al estar Ferrol dentro de los 2km del RAMINP, el Plan de Emergencia Exterior debiera incluirla en los protocolos de actuación.
3º.- Apenas se habla del gasero en este PEE, lo que me parece muy grave dada la intención de confinarlo en el fondeadero de Santa Lucía. ¿No sabe todo el mundo que el principal riesgo de accidente no está acaso en la descarga del buque y en un posible encallamiento?. ¿Por qué el estudio de seguridad no estudia una rotura importante en el caso del gasero como se ha hecho en todas las plantas propuestas últimamente?
4º.-En el PEE se recogen los estudios de riesgo en base al documento CPR 18E el cual es un boletín (de nombre "libro púrpura") que informa como realizar un estudio cuantitativo de riesgos (ACR), pero es un boletín genérico que vale para cualquier industria de tipo químico.
De este boletín han sacado los dos (2) minutos de derrames citados en el informe de seguridad. ESTA MAL!!!. Las normas de "reconocido prestigio" norteamericanas (NFPA 59 A, 49 CFR 193 y CSA Z276) piden tener en cuenta 10 minutos o menos en el caso de que la conducción tenga un sistema bloqueo de vertido con válvulas "fail save" y en tuberías cortas. De hecho en las últimas plantas que he consultado se dice que "se utilizará el valor más conservativo work case de 10 minutos de derrames".
5º.- No hemos visto en el PEE la norma NFPA 59 A ni ninguna concordante con ella. ¿Acaso no han leído los autores del PEE los condicionantes para aprobar la *puesta en servicio de la planta* ni el BOE de la aprobación previa que dicen claramente que son de aplicación estas normas?
6º.- En la Ley Seveso III, dice : apartado 6 del artículo 11: "Para elaborar los planes de emergencia exterior, los órganos competentes de las comunidades autónomas establecerán mecanismos de consulta a la población que pudiera verse afectada por un accidente grave. Así mismo, se realizará cuando se efectúen actualizaciones o modificaciones que supongan cambios significativos en las condiciones de seguridad de la población afectada."
la pregunta: ¿Cuándo nos han consultado para elaborar este PEE?
Tampoco he visto que se haya consultado a los operativos de bomberos ni de Protección Civil para elaborar el PEE. ¿Qué es este PEE? ¿un panfleto para vestir el santo o es un protocolo de actuación?
Nos parece muy débil un PEE que solo aparece el teléfono 112 de emergencia. Para esto excusaban hacer el PEE. Aunque es un catálogo muy interesante sobre la cantidad de personalidades que van a "actuar" en caso de emergencia.
7º.-¿Por qué no se aplica en este PEE una zona de Exclusión exigida en la normativa norteamericana?.(Condición para la aprobación de puesta en servicio de la planta).
Como ejemplo citamos las siguientes plantas de GNL y su ZONA DE EXCLUSION.
-RABASKA (Canadá): Zona de exclusión de 400 a 500 metros.
-McNAB CREEK (Canadá): Zona de exclusión de 565 metros de radio.
-COVE POINT (MARYLAND - USA): Zona de exclusión de 1.145
metrosde radio
-ELBA ISLAND (GEORGIA – USA): Zona de exclusión de 1.040
metrosde radio
-FREEPORT (Tejas - USA): Zona de exclusión de 500 metros de radio
-CORPUS CHRISTY (TEJAS – USA): Zona de exclusión de 837 metros de
radio
-CACOUNA Energy (Canadá): Zona de exclusión, 1 km de radio, 500 metros es de la propiedad.
-MONTOIR-DE-BRETAGNE (Francia): Zona de exclusión de 550 metros de
radio
-IRVING CANAPORT (Saint John - Canadá): Zona de exclusión de 750 metros de radio.
Una ZONA DE EXCLUSION es un lugar alrededor de la planta de GNL bajo el control del operador o de las autoridades y que no puede haber en ellas ni Viviendas residenciales, ni públicas para más de 20 personas, ni parques, ni industrias o almacenes con explosivos o inflamables (¡¡Está Forestal del Atlántico al lado!!!, etc).
Si en las plantas arriba citadas esta zona es mayor que los 152 metros de Zona de Intervención e incluso más de los 400 metros de zona de Alerta de Reganosa, entonces:
¿Qué estudios están utilizando los "norteamericanos" para definir sus zonas de protección?. ¿Los conocen Vds.?
8º.- ¿Podrían enseñarnos un PEE similar a éste para una planta de GNL bien sea ubicada en España o BIEN en el extranjero?
9º.- ¿Por qué INERCO ha fijado una zona de Intervención de 407 metros para la planta de Arinaga - Gran Canaria – (en fase de proyecto) y una zona de Alerta de 527 metros?
10º.- Apenas se ha utilizado el R.D.1196/2003 "Directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas" pues solamente lo cita para definir lo que es Zona de Alerta y de Intervención, cuando es un R.D. muy importante y relacionado con la ley Seveso.
11º.- ¿Nos parece muy sospechoso que no quieran nombrar el concepto "zona de exclusión" según normativa Americana, cuando en el proyecto de TRACTEBEL, página 66, SI! se cita en el estudio de Radiación térmica y en la página 68 sobre distancias de exclusión. Por cierto, en esta página se dice que NO HAY POBLACIONES PROXIMAS a menos de 300 metros!, lo que es otra mentira.
12º.- No se cita el Centro de Control de Emergencias del puerto –artículo 12 del R.D. 145/1989 "Reglamento de admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas en los puertos" ¿Existe este CCE?
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Colectivo Universitario opositor a la planta de Gas de Ferrol.
www.f-cape.org
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| COMENTARIOS |
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Asunto: Caso Reganosa
Autor: Pablo
(dana-pablo@hotmail.com)
Comentario: Muchas gracias. Los estresados de la zona de Ferrolterra agradeceremos eternamente todas las acciones, comentarios, escritos etc. que ayuden a corregir esta tremenda barbaridad.
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Asunto: Caso Reganosa
Autor: jaime
(jaime@elcasoreganosa.com)
Comentario: Este comentario-artículo se debe enviar, ya que otros no se quieren enterar, a la O.T.A.N.. Puede parecer una broma de mal gusto, pero el tema es el más serio que he visto en toda mi vida, ahora en peligro, por este absurdo e incalculable peligro.
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Asunto: Caso Reganosa
Autor: furúnculo
(furunculo@elcasoreganosa.com)
Comentario: Es necesario promover debates públicos, bien moderados, dónde se nos explique las "bondades" del sistema y lo que tenemos que hacer en caso de incidencia. Es curioso que al escribir, "caso", me vino a la mente el nombre de aquel barco al que le explotaban bidones de un producto desconocido y que transportaron a una factoría productora de aluminio donde se formó un lío de mil estallos con unas pérdidas impresionantes. Parece ser que nadie se quiere acordar de la desesperada huida, en la noche, de unos ciudadanos que no sabían que hacer, ni hacia donde tenían que ir. ¿De verdad, hemos progresado tan poco?.
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